CAPÍTULO
DECIMO TERCERO. DEL USO DE LOS PUESTOS DE ESTACIONAMIENTO Y DE LOS PUESTOS DE
ESTACIONAMIENTO PARA VISITANTES. ARTÍCULO 51: El Conjunto Residencial
Neblina Club, fue diseñado con puestos de estacionamiento para uso de los visitantes,
de los copropietarios, inquilinos o residentes. ARTÍCULO 52: Cada propietario ha adquirido su apartamento con uno,
dos o tres puestos de estacionamiento. Sus vehículos deben ser estacionados
exclusivamente en las áreas destinadas para él de acuerdo al plano de los
estacionamientos en donde aparece la ubicación de los puestos de cada
apartamento y solamente pueden circular por las áreas comunes previstas para
circulación, en tal sentido: 1) Dentro de las áreas de circulación, en ningún
caso, se debe superar la velocidad de 20 km/hora para evitar accidentes con
otros vehículos, con peatones adultos o con niños. 2) Se prohíbe el uso de las
áreas de otros vecinos o áreas comunes para estacionar sus vehículos. 3) Los
propietarios deberán respetar sus áreas de estacionamiento y no ocupar áreas de
otros vecinos o áreas comunes para estacionar sus vehículos. 4) Las áreas de
cada propietario se encuentran debidamente marcadas e identificadas. Los
vehículos deben quedar estacionados dentro de sus áreas del vecino o las áreas
comunes. 5) Debe prestarse especial atención a estacionar los vehículos de
manera que no obstruyan el paso de peatones u otros vehículos. 6) Queda
terminantemente prohibido en el área de los estacionamientos el lavado de
vehículos, así como el de realizar trabajos de mecánica para reparaciones
mayores. Sólo se permitirá reparaciones de emergencia: cambio de cauchos,
baterías, o desperfectos menores de los mismos. 7) Los copropietarios y/o
inquilinos deben velar por el buen uso y mantenimiento del puesto asignado, en
caso de derrames de aceite, gasolina u otra sustancia propia del vehículo en el
área de estacionamiento deberán proceder inmediatamente a su remoción y
limpieza. 8) Las motocicletas de los copropietarios y/o arrendatarios solo podrán
estacionarse en el puesto correspondiente al apartamento sin que esto ocasione
molestias a los otros copropietarios. 9) No se permite utilizar las áreas de
estacionamiento como depósitos de materiales, escombros, objetos, etc., ni de
vehículos deteriorados que por su mal estado estén fuera de circulación. 10) Queda
prohibido a los copropietarios utilizar los puestos de visitantes cuando su
puesto asignado esté ocupado. Los puestos de estacionamiento de visitantes son
para uso exclusivo de éstos. Los copropietario y/o inquilinos no podrán
estacionar en los mismos. De ocurrir esto, el vigilante tendrá la obligación de
solicitar la movilización del vehículo. 11) No está permitido que se utilicen
los estacionamientos para juegos de cualquier índole (correr, manejar
bicicleta, patinar, pelotas, etc.). 12) Los puestos de estacionamiento para
visitantes son para uso exclusivo de éstos. Los copropietarios y/o inquilinos
no podrán estacionar en los mismos. De ocurrir esto, el vigilante tendrá la
obligación de solicitar la movilización del vehículo. 13) Los visitantes
deberán estacionar en los puestos destinados para tal fin, a saber, los
dieciochos (18) puestos que se encuentran ubicados en el área de
estacionamiento de planta. 14) El número de puestos de estacionamiento de
visitantes es dieciocho (18), que multiplicados por las veinticuatro (24) horas
día son cuatrocientas treinta y dos horas/estacionamiento de visitantes (432).
Todas estas horas deben ser repartidas entre los copropietarios, así cada
copropietario tendrá su derecho a horas/estacionamiento de visitantes (2h
30min). 15) Sólo podrán estacionarse automóviles y/o camionetas, no podrán
estacionarse camiones, tráileres, etc. 16) Los visitantes en moto podrán
estacionarse frente al área de piscina en el puesto demarcado para tal fin. 17)
Los vehículos de los visitantes no podrán permanecer más de 24 horas en los
puestos de estacionamiento. 18) Aquel visitante que se quede más de lo
establecido deberá pagar una sanción por abuso de derecho. 19) Los puestos de
estacionamiento de visitantes están dotados de parales los cuales están
asegurados con un candado y cuya llave la poseen únicamente los vigilantes,
quienes serán los encargados de dar el acceso a estos y velarán por el buen uso
de los mismos. 20) Para el acceso y aparcamiento de vehículos de visitantes,
los mismos indicaran al vigilante su nombre y cédula de identidad, así como la
torre y el apartamento al que se dirigen. El vigilante llenará los datos del
visitante y del vehículo en la planilla de control de acceso, así como también
los datos de la persona a quien visita, e indicará al visitante el sitio donde
podrá estacionar su vehículo. 21) Se emitirá un pase identificador al visitante
con el número del apartamento del propietario al cual visitan, el cual debe ser
devuelto al vigilante al salir del conjunto. 22) El vigilante estará atento de
ubicar a los visitantes en los puestos de estacionamiento y de colocar el
identificador en el parabrisas del vehículo. 23) Los propietarios deberán comunicar vía
telefónica a la garita de vigilancia que recibirá una visita y autorizar su
entrada. 24) Una vez alcanzado el límite de puestos de visitantes asignados, el
vigilante no permitirá el acceso de vehículos de visitantes, a menos que el
propietario autorice a estacionar en uno de su propiedad. 25) Los puestos de
estacionamiento de visitantes no podrán ser utilizados al momento de realizarse
reuniones en el salón de fiesta, para ello los visitantes deberán estacionar
fuera del conjunto. ARTÍCULO 53: Se
han dispuesto de cuatro (4) puestos de estacionamiento propiedad del
condominio, de los cuales usted como propietario puede hacer uso, una vez
estacionado comuníquelo a la vigilancia para un mejor control; queda
terminantemente prohibido pernotar continuamente en dicho puesto, de hacerlo,
el vigilante tendrá la obligación de solicitar la movilización del vehículo. ARTÍCULO 54: La Junta de Condominio y
la Administración se reserva el derecho de la admisión al conjunto residencial
de toda persona visitante que no acate el llamado de atención de los vigilantes
por estar violando las disposiciones de éste reglamento.
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